|
|
La normativa
legal venezolana contempla desde la constitución de
1961, un marco para la conservación del ambiente. Sin
embargo, desde 1908, ya existían algunas disposiciones
jurídicas que trataban la materia ambiental como lo
fueron la Ley de Bosques y de Montes.
La constitución de 1999, también plantea la
protección del ambiente como una prioridad nacional.
Establece el deber de proteger y mantener el ambiente en beneficio
de sí misma y del mundo futuro y el derecho de disfrutar
de una vida y un ambiente sano, seguro y ecológicamente
equilibrado, por lo tanto el Estado tiene la labor de proteger
el ambiente, la diversidad biológica, genética,
los procesos ecológicos y las áreas protegidas.
En el año 1976 se promulgan la Ley Orgánica
del Ambiente y en 1986 la Ley Orgánica de la Administración
Central, mediante ésta última se crean el Ministerio
del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, único
organismo de esta naturaleza dentro de los países del
Convenio Andrés Bello. La primera tiene como objetivo
establecer dentro de la política del desarrollo integral
de la nación, los principios rectores para la conservación,
defensa y mejoramiento del ambiente en beneficio de la calidad
de vida.
Otra figura relevante es la de la Ley Orgánica para
la Ordenación del Territorio, ésta determina,
entre otras cosas, las pautas de las Áreas Bajo
Régimen de Administración Especial (ABRAE).
Otros textos legales relacionados con la conservación
del ambiente son: la Ley de Reforma Agraria, Ley Forestal
de Suelos y Aguas, Ley de Protección a la Fauna Silvestre,
Ley de Pesca, Ley de Minas.
En el ámbito internacional, los países de la
región amazónica han establecido un convenio
para uniformar criterios, vinculados a la conservación
y uso sustentable de la biodiversidad biológica, lo
que desembocó en la creación de la Ley de Diversidad
Biológica que establece la obligación de elaborar
y actualizar la estrategia nacional con la finalidad de incorporar
la gestión de la diversidad biológica en los
planes de la nación, de tal forma que se tomen en cuenta
el diseño de una política internacional ambiental
de cooperación técnica y económica y
la preservación de la áreas naturales protegidas.
Venezuela está suscrita a diversos acuerdos bilaterales
de cooperación a favor de la conservación ambiental.
Entre ellos: el Tratado de Cooperación para el Desarrollo
de la Cuenca Amazónica, Convenio para la Protección
y el Desarrollo del Medio marino de la Región del Gran
Caribe, Protocolo de Cooperación para Combatir los
Derrames de Hidrocarburos en la Región del Gran Caribe,
Tratado de Protección de la Naturaleza y sus Elementos,
Tratado por el que se Prohíben los Ensayos con Armas
Nucleares en la Atmósfera, en el Espacio Ultraterrestre
y Debajo del Agua y Convención sobre la Prohibición
del Desarrollo, Producción y Almacenamiento de Armas
Bactereológicas y Toxínicas.
Actualmente se discute la aprobación de la Ley de Tierras
en la Asamblea Nacional, normativa de alto interés
para el ámbito ambiental, pues podría definir
usos y limitaciones de terrenos públicos y privados.
|